II

 1. Sentido moral del orden político

 Del ejemplo que acabamos de analizar se induce una ley general: la necesidad de reafirmar, en su totalidad inescindible, el sentido mora! del régimen político.

guerra camposLa misión de este no se limita a garantizar el ejercicio de las libertades subjetivas sin violencia; sino que sirve positivamente a un Bien Común, el cual comprende, si, aquellas libertades, pero también los va!ores morales que orientan las libertades hacia la Verdad y el Bien (16). !Gaudium et spes, 74: («El bien común abarca el conjunto de aquellas condiciones de vida social con las cuales los hombres, las familias y las asociaciones pueden lograr con mayor plenitud y facilidad su propia perfección») (17).

La vinculación esencial del orden político al orden moral equivale a la doctrina de que toda autoridad o poder legitimo viene de Dios (18). «Dad al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios, (Mt. 22, 21). El César de ahora ‑que tiende a ser un Absoluto‑ es la soberanía de las libertades autónomas y la regulación de su «convivencia». Habrá que conceder a ese imperativo lo que sea imprescindible para salvaguardar el bien que en ello haya; mas no anulando lo que es de Dios: lo que es condición esencial de todo bien. La doctrina católica es como sigue:

«Los ciudadanos, además de intervenir de diversos modos en la designación de los titulares de la autoridad, conforman con sus opiniones numerosas leyes y actos de gobierno. Una gran parte de las decisiones operativas en la vida pública depende de la apreciación de circunstancias concretas y pueden determinarse de acuerdo con las preferencias legitimas de los ciudadanos. . En este campo de opciones contingentes y convencionales, el que rige a la comunidad podría limitarse, hasta cierto punto, a ser árbitro de unas «reglas de juego». El gobernante decide de acuerdo con los ciudadanos y los representa.»

«Pero hay valores y principios mora!es, para cuyo servicio y tutela la autoridad y la ley deben representar a Dios, por encima de las variables corrientes de opinión. El pluralismo de las opiniones sólo se justifica en el marco, y como aplicación multiforme, de unos mismos valores morales, implícitos en la Ley de Dios» (19). El gobernante tiene una responsabilidad moral propia, que no puede echar sobre el pueblo. No puede reducirse a «responder ante el pueblo». Es más que un «árbitro».