Epílogo. Aplicación a la Política españolaguerra-campos

1. a) Las formas de «déficit moral» que se acaban de esbozar se dan notoriamente en España. No parece fácil responder afirmativamente a las preguntas siguientes: ¿La subordinación a valores morales invariantes es clara, sin ambigüedades, como Profesión de Principios? ¿Está asegurada por los instrumentos de acción política? ¿Se cuida suficientemente en la dimensión educativa de la atmósfera social?

El intento de corrupción de adolescentes que es el llamado «Libro Rojo del Cole» (quizá el más radical de la historia) ha tenido en España el respaldo de fuerzas políticas muy señaladas. igual que las campañas de exaltación del aborto. Y la permisión del desbordamiento corrosivo contra la familia (39)…

Especialmente: ¿es adecuado el nivel de la «moralidad política» (según la significación que le hemos dado antes) en la clase de los políticos? ¿No es evidente que no pocos, entre los que hablan de «humanismo cristiano», no pasan de un humanismo arreligioso o pluralismo agnóstico? ¿Y la «aconfesionalidad jurídica» no se les vuelve a muchos «aconfesionalidad moral»?

b) Como un  ingrediente primordial de la moral política, ¿no hay que valorar las distorsiones y falseamientos del mismo sistema democrático, que a la vista están?

La oligarquía partitocrática, que invade campos ajenos y no respeta bastante el sentir del pueblo. Un propugnador del sistema de partidos ha dicho hace poco en el Aula Jovellanos: «En España la hipertrofia de partidismo político que padecemos desde la transición democrática avasalla los elementos primarios de la estructura social, entregando a los representantes políticos funciones que corresponden a los cuerpos básicos de la comunidad ciudadana… La familia se siente constantemente agredida por una minoría ácrata radicalizada» (40). La absorción, con sus efectos despóticos, puede ser muy nociva en tres sectores. 1. En el ámbito educativo, donde más del 90 por 100 !en muchas partes, casi el 100 por 100) de los padres reclaman formalmente formación católica para sus hijos: ¿los Partidos respetan debidamente ese dato social? 2. En el ámbito de la democracia !local o municipal ¿no queda trabada con la subordinación estructural a Partidos, y por tanto a centros de interés y decisión extraños? 3. En el ámbito de la aportación personal de los elegidos como representantes del pueblo: ¿Participan suficientemente? ¿No firman demasiados cheques en blanco? ¿En algunos casos no renuncian ‑no ya a preferencias (lo que es legítimo)‑ sino incluso, con más o menos vacilaciones, a la conciencia?

Pero entre las distorsiones del sistema democrático hay otra de mayor gravedad moral. Podría preguntarse si son satisfactorios los cauces de expresión y participación del pueblo; si es de nivel aceptable la fidelidad a la representación (41). Con todo, lo más preocupante es la falta de asunción de las responsabilidades. En lenguaje «político» convencional se habla de «soberanía popular». En lenguaje moral ‑el de la verdad en conciencia‑, si con ello se quiere descargar en el pueblo la verdadera titularidad de las responsabilidades, no es justo. Es evidente que la intervención del pueblo está limitadísima y supercondicionada: se reduce a decir Si o No a ofertas que predeterminan algunos, muy pocos. No discuto si esto es legitimo, o si es inevitable. (Cuáles sean las formas posibles, e incluso cuál sea en un momento dado el optimum realizable de intervención del pueblo, es cuestión sujeta a apreciaciones muy variadas, que no sería fácil enjuiciar.) Lo importante es que las responsabilidades sean asumidas conforme a la verdad, es decir, por quien realmente ejerce el poder. (Esto, si, pertenece a la invariante moral.) No basta decir que los puestos de gobierno están abiertos a todos (como se dice que cualquier ciudadano «puede» ser Presidente de los Estados Unidos): hay que saber qué fuerzas reales ocupan de hecho un lugar determinante, salen en la carrera con mil metros de ventaja. Por eso, cuando, por ejemplo, la abstención es muestra clara de que las ofertas no logran reflejar el sentir del pueblo, son unos pocos ‑media docena de personas‑ los responsables obligados moralmente a adaptar o renovar las ofertas. Mantenerlas, forzando al pueblo a jugar contra gusto por evitar males mayores, es un acto despótico.

 

2. El lema de este Club durante el curso actual de conferencias es: «Hacia la estabilización política.»

Una estabilización saludable incluye la armonía de Pluralismo y Eje moral: la libre concurrencia de ideas e intereses plurales, y la firme vigencia (como «motor inmóvil») de los Valores absolutos. Estos deberían ser asumidos y tutelados por las agrupaciones que expresan aquellos.

Hemos visto que algunos valores han de ser defendidos por la autoridad, incluso contra una supuesta mayoría. Pero la hipótesis, aquí y ahora, es irreal. No partimos de cero. En España la adhesión de la gran mayoría a valores de inspiración cristiana es un dato histórico‑social suficientemente implantado. La autoridad que sintonice con ese dato y lo cultive positivamente hallará que su obligación ‑que es independiente de las opiniones‑ coincide con la convicción o el sentir del pueblo: las exigencias morales coincidirían fácilmente con la forma instrumental, democrática, facilitando la acción política. ¿Pero no hay demasiada desidia, cuando no complicidad, ante la siembra irresponsable de incitaciones disolventes, ante el proceso constante de erosión moral?

 

3. Y queda, finalmente, una pregunta ineludible. ¿Hay un cauce político que conecte con ese núcleo mayoritario del pueblo? Es este un problema de estructura política. ¿Cuál es la instancia encargada de articular entre sí el Pluralismo y el Absoluto moral, asegurando institucionalmente la supremacía de este?

Los hechos demuestran que no basta el automatismo de las determinaciones subjetivas.

¿Se dirá que para eso está la ley constitucional establecida por la mayoría de los grupos que comparten aquel valor moral? Pero los que la hicieron reconocen que es ambigua; y su funcionamiento lo confirma, puesto que está a merced del voluntarismo de los Partidos. Veo un testimonio eminente en unas declaraciones que hace poco más de un año publicó el señor Presidente de la Comisión Constitucional, Don Emilio Attard (42). Según ellas la Constitución no es abortista. El derecho de «todos» a la vida se puso, en el articulo 15, para evitar la futura legalización de las prácticas abortivas. Los socialistas querían poner ‑en vez de «todos»‑ «personas», para no comprender a los no nacidos. Y si bien no lo lograron el portavoz de su grupo parlamentario, señor Peces Barba, al explicar su voto dijo: «Todos saben que el problema del derecho es el problema de la fuerza que está detrás del poder político y de la interpretación. Y si hay un Tribunal Constitucional y una mayoría pro‑abortista, «todos» permite una ley de aborto; y si hay un Tribunal Constitucional y una mayoría antiabortista, la «persona» impide una ley de aborto». Según este relato del Señor Attard, ¿cabe mayor ambigüedad? En todo caso, ahí están las afirmaciones programáticas y las públicas campañas pro‑aborto de Partidos legales. ¿Serían posibles si lo excluyese la Constitución? El hecho actual es que ese valor moral absoluto no está protegido por ella ni por nada. Si algún día el Tribunal Constitucional determinase unívocamente el sentido de la Constitución, ¿mejorarla realmente el estado de cosas?

¿No debería estar tutelado jurídicamente el Eje moral por una institución que esté por encima de los Partidos y del doble uso que estos, según lo anunciado, pueden hacer de la Constitución? Hay valores que no se salvaguardan sólo con actos de tribunales; requieren una acción continua, motora, educadora, preventiva. ¿Tal Institución podría ser la Corona?

La Corona se ha vaciado en gran parte. Está casi reducida a que su titular exprese buenas intenciones acerca de los valores «intangibles», pero sin poder evitar que unos y otros los toquen y los manoseen. (No me refiero solamente a los absolutos morales; también a ciertos valores históricos de España que en este momento el Jefe del Estado tiene como intocables) (42 bis). Como ciudadano y co‑autor de la instauración monárquica, puedo recordar que la Corona tenia unas facultades. ¿No se pudo, al abrir la puerta al pluralismo de los partidos, insertar!o previamente ‑con el consenso, que seria casi unánime, del pueblo‑ en un núcleo intangible, que sería el contenido institucional propio de la Corona? Lo mismo que por decisión democrática la institución monárquica es un Prius que no se permite someter a continuas consultas, ¿no pudo preguntarse oportunamente al pueblo si quería poner como condición previa a los partidos el acatamiento a ciertos valores suprapartidistas? Hay una invariante estructural ¿no debería estar al servicio de la invariante moral?

No vale ahora escudarse en el pueblo. Fueron unos pocos los que, partiendo de una posición de poder ocupado, colocaron al pueblo ante una situación, como pudieron colocarlo ante otra. En vez de poner un solar con escombros a disposición de todos los proyectistas, ¿no se pudo, manteniendo la casa en pie, hacer una reconstrucción más prudente y realista, asegurando la continuidad de lo que se estima fundamental?

* * *

El 17 de febrero de 1977, estando yo en Roma con el Papa, dirigí un saludo al Rey de España, que aquel mismo día fue a Cuenca y entró para orar en su Catedral. Es un deber moral para mi repetir ahora exactamente ‑sin escamotear oportunisticamente ningún ingrediente. las palabras centrales de aquel saludo:

«Que Dios os ilumine y fortalezca en el ejercicio de vuestra altísima misión de Rey, de acuerdo con sus exigencias propias y con los compromisos que habéis jurado ante Dios y ante los hombres».

«Es grato recordar que también a Vos corresponde la definición que nos da San Pablo de la autoridad civil, y que un Obispo y Cardenal español evocaba hace pocos años aplicándola a aquel que iba a instaurar la Monarquía en vuestra persona, vuestro glorioso predecesor Francisco Franco. Sois, en efecto, según el Apóstol, «ministro de Dios para el bien». Sabemos que os compete ser principio de unidad y animador de la concordia y la participación de todos los ciudadanos, Y para ello se os ha confiado un cometido y una responsabilidad personal intransferibles: profesar, promover  tutelar en nombre de Dios los valores que están por encima del vaivén de las opiniones, Y en cuyo servicio encuentra su legitimidad toda soberanía humana, se enraiza la dignidad de las personas y se nutre la felicidad de los hogares y de la Patria» (43).


NOTAS

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(1) Vid. YA, 19‑1‑1982, Pág. 25.

(2) El PAIS, 25‑9‑1981.

(3) Estoy aludiendo a conocidos pensadores «existencialistas».

(4) Menciono la tesis de Einstein como ejemplo. No juzgo de su validez.

(5) Hechos de los Apóstoles, 4, 19; 5, 29.

(6) Alocución al pueblo de Roma, el 10‑51981.

(7) Aforismo: «Quod non vis fieri tibi, alii ne facias». En forma positiva: «Cuanto quisiéreis que os hagan a vosotros los hombres. hacédselo vosotros a ellos» (San Mareo 7, 12). Ley del Amor: San Mateo 22. 40.

(7 bis) En Irlanda. El Papa ha reiterado solemnemente la misma verdad en numerosas ocasiones y en distintas partes del mundo.

(8) El Absoluto Moral, por su concreción perfectamente definible, no se confunde con ciertas aspiraciones vagas, en que el problema es su aplicabilidad al proceso de la vida real por parte de los que gobiernan; y así no esta expuesto a las objeciones que autores como F. Hayek lanzan contra la noción de «justicia social», que según ellos. por su equivocidad, encubre la injusticia.

(9) Carta a los Romanos 13, 8‑9. San Mateo 7, 21: «No todo el que dice: ¡Señor, Señor! entrará en el Reino de los cielos, sino el que hace la voluntad de mi Padre, que está en los cielos.»

(10) Crítica de la razón práctica, Edición «Colección Austral» de Espasa‑Calpe, pág. 50.

(11) Ver Amor‑Deber y permisivismo, del autor, pág. 27.

(12) Reportaje publicado en YA por una periodista que pasó una jornada, como aparente candidata al aborto, en el Hospital de Lyon.

(13) Ver Summa Theologica, 1‑2, q. 92, art. 1, ad. 3. La ley es para hacer a los hombres buenos. Si la ley no tiende al bien común regulado por la justicia divina, sino sólo a lo «útil» o lo «deleitable» e incluso a lo que repugna a la justicia divina, hará a los hombres «buenos secundum quid», esto es. en orden a un determinado régimen. Y así se habla, por ejemplo, de un «buen ladrón»…

(14) Alocución citada del 10‑5‑1981.

Anotemos de paso, en relación con el amor a la verdad, el deterioro, tan extendido y alarmante, en el arte de pensar y de exponer; la excesiva dosis de incongruencia Lógica y de voluntarismo irreal en tantos escritos; la manipulación de la historia; un maximum de ignorancia e incultura en medio de un maximum de informaciones…

(16) Exposición reciente: B. Monsegú. Metafísica del orden jurídico‑moral y campo de acción de la prudencia política, en Verbo, 193‑194 (1981).

(17) Buena concreción, en el Fuero de !os Españoles de 1945, art. l. Sobre la relación de la Libertad a la Verdad y al Orden Moral. ver el discurso de Juan Pablo II en Filadelfia y Nueva York (oct. 1979).

(18) Jesús a Pilato: «No tendrías ningún poder sobre mí si no te hubiera sido dado de lo alto» (San Juan 19, 11). Ver Carta a los Romanos 13; Hechos 5, 29 (Los Apóstoles con Pedro, a las autoridades de Jerusalén): «Es preciso obedecer a Dios antes que a los hombres»; el mismo Pedro (carta 1ª, 2,13): «Someteos a toda autoridad humana por respeto al señor». Santo Tomás: «Omnis lex, in quantum iusta est, derivatur a lege aeterna» (S. Th. 1‑2, q. 93, a. 3)

(19) Cf. León XIII. Diuturnum illud, 5‑12; Humanum genus 18, 22, 26; Immortale Dei 4‑7, 24, 31, 38; Libertas 10; Pío XI, Quas  Primas, 18; Concilio Vaticano II, Gaudium et spes, 74. Víd. mi La Monarquía Católica, pág. 14.

(20) Valores que el poder político no puede regular directamente son los que afectan al vivir hondo de personas y grupos: la trascendencia religiosa; la libertad interior (que se da aunque falte la exterior): las actitudes morales profundas (las que generan amor al enemigo, perdón, renuncia a derechos, fecundidad del fracaso); la creación filosófica, artística, científica, técnica, literaria; que el mandar sea «servir, (Lc. 22, 26), etc.

(21) Cf. La Monarquía Católica, págs. 15‑18.

(22) Juan Pablo II repetirá el 7‑12‑1979: La ley «no debe ser simple denotación de lo que acontece, sino modelo y estimulo para lo que se debe hacer».

(23) La libertad profunda se da aunque falte la libertad civil. Condición esencial de ésta es que favorezca a aquella. Si, al revés, fomenta la perdida de la libertad interior. señal de un fallo gravísimo: entonces, bajo especie de libertad, campea la desidia y lo negativo, y aun el despotismo arbitrario.

(24) Síntesis sobre el sentido de la «libertad religiosa» según el Concilio Vaticano II, en La Monarquía Católica, págs. 31‑33.

(25) En Amor‑Deber‑Permisivismo, págs. 28‑32, hay un resumen de las exigencias morales del poder civil, tanto en el campo de las Leyes y de la acción de gobierno como en lo que se refiere a la solicitud positiva dentro del ámbito social y educativo.

(26) Carta del Episcopado Español sobre la Constitución. Continuaba diciendo: «La aceptación del primero (el régimen) no implica, por tanto, de ningún modo la conformidad, menos aún la obediencia a la segunda (la legislación) en aquello que este en oposición con la ley de Dios y de la Iglesia.»

(27) R. Serrano Súñer, De ayer y de hoy, pág. 310.

(28) Como es sabido, esto lo critica vigorosamente F. Hayek. refiriéndose a las formulaciones contemporáneas de Derechos Humanos.

(29) San Pablo (Rom. 14; 15; I Cor. 8; 10. 23‑33) enseña a los cristianos de su tiempo: los «fuertes» ‑convencidos justamente de que les es licito comer carne inmolada ante los ídolos‑ deben renunciar a su «derecho» en favor de los «débiles». esto es, si conviene para no escandalizar a los que tienen «conciencia» de que eso es ilícito.

(30) En Amor‑Deber‑Permisivismo, pág. 33. escribía: «Lo más peligroso de estos momentos en España no es que unas fuerzas políticas o culturales arrastren con ímpetu revolucionario en una dirección o en otra a los ciudadanos; si arrastraran. señal sería de que hay una corriente, y una corriente, aunque desviada, se puede canalizar. El peligro está en que nadie arrastre a nadie y que todos terminemos chapoteando en una charca inmunda.»

(31) La rebelión de las masas, Ed. «Col. A.», pág. 141.

(32) M. Benavides, El pecado original y la democracia, El PAIS, 21‑1‑1982.

(33) A. del Noce, Il problema dell’Ateismo, Bologna, II mulino, 1964, pág. 353, escribe: «Come democrazia elevata a valore… differisce dal totalitarismo nei precisi termini in cui la «perdita del sacro» differisce dall’ateismo, e soltanto in essi: perchè è  anch’essa fondata. in ultima analisi, sulla forza, come quantità di voti, né riconosce, oltre alla forza, autorità di altri valori».

(34) Gravissimum educationis, 1.

(35) Tal orden sería concebido, por quien lo acata, como «universal y objetivo», y así garantizaría en principio una armonía de las libertades por encima de lo arbitrario.

Ejemplos de absolutización de convenciones: en Amor‑Deber‑Permisivismo, págs. 35, 40‑41.

(36) El Director de RTVE afirmó el 14‑1‑1981 que los valores supremos o inviolables en el uso del medio eran: 1) la monarquía parlamentaria; 2) el Estado social democrático de derecho; 3) la unidad indisoluble de España. Añadió: «Todo lo demás es interpretable ideológicamente.» ¿Todo?

(37) San Mateo 23, 23. Cf. San Lucas 11. 42.

(38) San Mateo 23, 24.

(39) En este Club Siglo XXI, Carmen Alvear afirmó que toda la política de «izquierda» es antifamiliar; y la restante ha abandonado a la familia. Cf. YA, 29‑1‑1982.

(40) José María Javierre: YA, 4‑3‑1982, pág. 38.

Según EL PAIS, 10‑3‑1982, pág. 29, los organizadores de la Exposición «Desde el Greco hasta Goya» en Munich se quejaron de que en España «los políticos deciden más que los directores de Museo, y esto es algo inaudito. Los directores de museo tenían más competencias con Franco que ahora».

(41) El YA. del 21‑3‑1982, publica en pág. 5 esta afirmación de Emilio Romero: La Democracia ahora es «una mesa de velador de media docena de señores con cartas marcadas, mientras el pueblo está en la inopia, en la desorientación, y en el miedo».

(42) En VA. 24‑1‑1981. pág. 14.

(42 bis) El Ya del 16‑4‑1982, pág. 7, publicó esta apreciación de D. Emilio Romero: «El Rey es un símbolo… El Rey no modera ni arbitra nada. El Rey no puede disolver las Cortes por razones de interés general y superior y en servicio del Estado. El Rey no puede tener la iniciativa de una consulta general al país sobre un tema grave o trascendental. El Rey no puede hacer gobiernos de salvación nacional… El Rey es una figura maniatada…»

(43) Texto íntegro del saludo al Rey, en el Boletín Oficial del Obispado de Cuenca, 1977, págs. 51‑52.