1. NOCIÓN DE BAUTISMO

El Bautismo es el sacramento de la regeneración por el que somos incorporados a Cristo y nacemos a la vida sobrenatural de la gracia.

Por el Bautismo nos hacemos hijos de Dios y herederos del cielo.

El Bautismo es el fundamento de toda vida cristiana porque nos da la gracia, las virtudes infusas, los dones del Espíritu Santo y nos abre la puerta de la vida sobrenatural.

El Bautismo da la gracia santificante, quita el pecado original y todos los demás que tuviere el que se bautiza y las penas debidas por ellos; concede las gracias actuales necesarias para vivir cristianamente e imprime en el alma el carácter sacramental, que nos hace cristianos para siempre.

Por el carácter sacramental el bautizado queda incorporado al Cuerpo Místico de Cristo, a la Iglesia, y se consagra a Jesucristo con la obligación de llevar una vida cristiana; obligación que nadie ni nada le puede dispensar.bautismo1

  1. EL BAUTISMO INSTITUIDO POR CRISTO

Los datos que nos proporcionan el Evangelio no permiten fijar con exactitud el momento en que Cristo instituyó el Bautismo.

San Buenaventura procuró armonizar las distintas opiniones de los teólogos: el Bautismo fue instituido, en cuanto a su elemento material, cuando Cristo se hizo bautizar en el Jordán y en cuanto a su fórmula sacramental, cuando Jesús dijo: «Bautizad en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo» (Mt 18, 19).

Jesús dijo a Nicodemo que el Bautismo es necesario para salvarse: “En verdad, en verdad te digo: El que no nazca del agua y del Espíritu no entrará en el Reino de Dios” (Jn 3,5).

El sentido del sacramento del Bautismo aparece claramente en los ritos de su celebración. Se inicia la celebración con la señal de la cruz que significa la redención que Cristo nos ha adquirido por su cruz. El anuncio de la Palabra de Dios significa la iluminación del bautizando con la verdad revelada y su respuesta de fe a ella. Los exorcismos la renuncia a Satanás. El agua recuerda el poder del Espíritu Santo, para que los que son bautizados con ella “nazcan del agua y del Espíritu Santo” (Jn 3, 5). La unción con el santo crisma recuerda que el ungido es incorporado a Cristo, sacerdote, profeta, rey. La vestidura blanca simboliza que el bautizado ha resucitado con Cristo y se ha revestido de Cristo. El cirio que se enciende significa que Cristo ha iluminado al bautizado para que sea “luz del mundo”.

  1. LA CRUZ DE CRISTO Y EL BAUTISMO

Según el apóstol San Pablo, por el bautismo el creyente participa de la muerte de Cristo, es sepultado y resucita con Él: “Fuimos con Él sepultados por el Bautismo en su muerte, a fin de que, al igual que Cristo fue resucitado de entre los muertos por medio de la gloria del Padre, así también nosotros vivamos una vida nueva” (Rom 6, 34).

Los bautizados se han “revestido de Cristo” (Ga 3, 27). El Bautismo es un baño que purifica, santifica y justifica.

San Juan ve en el agua y la sangre que brotan del costado de Cristo crucificado la figura del bautismo y de la Eucaristía.

“Considera dónde eres bautizado, de dónde viene el Bautismo: de la cruz de Cristo, de la muerte de Cristo. Ahí está todo el misterio: Él padeció por ti. En Él eres rescatado, en Él eres salvado” (San Ambrosio).

  1. NECESIDAD DEL BAUTISMO PARA SALVARSE

Cristo afirmó que el Bautismo es necesario para salvarse: “El que crea y sea bautizado, se salvará; el que no crea se condenará” (Mc 16,16).

Nadie puede salvarse sin recibir el bautismo o sin el deseo de recibirlo. El Bautismo de agua se puede sustituir, en caso de necesidad, por el Bautismo de deseo o el Bautismo de sangre.

El Bautismo de deseo es un anhelo explícito o implícito de recibir el Bautismo sacramental; deseo que debe ir unido a un acto de contrición perfecta.

San Agustín afirma: “Meditándolo una y otra vez veo que no sólo el sufrir por el nombre de Cristo puede suplir la falta del Bautismo, sino también el tener fe y corazón converso puede suplirlo, si la brevedad del tiempo de que dispone no permitiera recibirlo”.

El Bautismo de sangre es padecer la muerte, aceptada voluntariamente por el catecúmeno, en testimonio de la fe o del amor a Dios. “El que perdiere su vida por Mí la encontrará” (Mt 10,39).

Conforme al testimonio de la Tradición y la Liturgia (festividad de los Santos Inocentes), los niños que no han llegado al uso de razón pueden conseguir el Bautismo de sangre.

En cuanto a los niños que han muerto sin estar bautizados, la Iglesia sólo puede confiarlos a la misericordia divina, como hace en el rito de las exequias que celebra por ellos. Tradicionalmente se ha enseñado que van al Limbo de los Niños.

 5. ELEMENTO MATERIAL Y FORMULA RITUAL DEL BAUTISMO

El elemento material del Bautismo es el agua natural.

El Nuevo Testamento habla sólo de agua como elemento material del Bautismo: “Renacido del agua” (Jn 3,5); “Aquí hay agua. ¿Qué impide que sea bautizado?” (Hech 8, 36).

Uno de los testimonios más antiguos de la Tradición, la Didakhé, dice: “Bautizad en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo con agua viva (= corriente). Si no tienes agua viva, bautiza con otra clase de agua; si no puedes hacerlo con agua fría, hazlo con agua caliente. Si no tuvieras ninguna de las dos, entonces derrama tres veces agua sobre la cabeza en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo”.

El agua ha de tocar el cuerpo del bautizando. La ablución puede realizarse de tres maneras: por inmersión (sumergiendo al bautizado en la piscina bautismal), por infusión (derramando agua) o por aspersión (rociando con agua).

La fórmula ritual del Bautismo son las palabras que pronuncia el ministro al aplicar el agua. Para que la fórmula ritual sea válida es necesario invocar a las tres divinas Personas y expresar la acción presente de bautizar: “N. Yo te bautizo en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo”.

  1. MINISTRO Y SUJETO DEL BAUTISMO

El ministro ordinario del Bautismo es el obispo, el presbítero y el diácono. En caso de necesidad, pueden bautizar los seglares, e incluso un pagano y un hereje, con tal que lo hagan en la forma que lo hace la Iglesia y que pretenda hacer lo que ella hace.

La razón teológica de que sea válido el Bautismo administrado por cualquier persona es que el Bautismo es necesario para salvarse.

Sujeto del Bautismo es cualquier persona viva que no esté bautizada.

Para que la persona que ha llegado al uso de razón reciba el Bautismo válidamente se requiere la intención de recibir el sacramento.

Para recibirlo dignamente se requiere, además, la fe y el arrepentimiento de los pecados cometidos. “El que creyere y fuere bautizado se salvará” (Mc 16,16). “Arrepentíos y bautícese cada uno de vosotros” (Hech 3,19).

Es válido y lícito el Bautismo de los niños que no tienen uso de razón: “Si alguno dijese que los párvulos, por el hecho de no tener el acto de creer, no han de ser contados entre los fieles después de recibido el Bautismo, y, por tanto, han de ser bautizados cuando lleguen a la edad de discreción, o que más vale omitir el Bautismo que no bautizarlos en la sola fe de la Iglesia, sin creer por acto propio, sea anatema” (Concilio de Trento).bautismo-jesus

Orígenes fundamenta la práctica de bautizar a los niños en la universalidad del pecado original, y afirma que esta costumbre procede de los Apóstoles.

  1. PADRINOS DEL BAUTIZADO

“En la medida de lo posible, a quien va a recibir el Bautismo se le ha de dar un padrino, cuya función es asistir en su iniciación cristiana al adulto que se bautiza, y, juntamente con los padres, presentar al niño que va a recibir el Bautismo y procurar que después lleve una vida cristiana congruente con el Bautismo y cumpla fielmente las obligaciones inherentes al mismo” (Can 872).

Para que alguien sea admitido como padrino, es necesario que:

1º Haya sido elegido por quien va a bautizarse o por sus padres o por quienes ocupan su lugar o, faltando éstos, por el párroco o ministro; y que tenga capacidad para esta misión e intención de desempeñarla.

2º Haya cumplido dieciséis años, a no ser que el obispo diocesano establezca otra edad o que, por justa causa, el párroco o ministro considere admisible una excepción.

3º Sea católico, esté confirmado, haya recibido ya el Santísimo Sacramento de la Eucaristía y lleve, al mismo tiempo, una vida congruente con la fe y con la misión que va a asumir.

4º No esté afectado por una pena canónica, legítimamente impuesta o declarada.

5º No sea padre o madre de quien va a bautizarse» (Can 874).

8. OBLIGACIONES DE PADRES Y PADRINOS

Los padres del niño que va a ser bautizado, y así mismo quienes asumirán las funciones de padrinos han de ser convenientemente ilustrados sobre el significado de este sacramento y las obligaciones que lleva consigo» (Can 851).

“Procuren los padres, los padrinos y el párroco que no se imponga un nombre ajeno al sentir cristiano” (Can 855).

“Los padres tienen la obligación de hacer que los hijos sean bautizados en las primeras semanas; cuanto antes después del nacimiento, e incluso antes de él, acudan al párroco para pedir el sacramento para su hijo y prepararse debidamente” (Can 867).

Para bautizar lícitamente a un niño, se requiere:

1º Que den su consentimiento los padres, o al menos uno de ellos, o quienes legítimamente hacen sus veces.

2º El niño de padres católicos, e incluso de no católicos, en peligro de muerte, puede lícitamente ser bautizado, aun contra la voluntad de los padres» (Can 868).