1º El bautismo es un bien absoluto

Es el mejor de los bienes que puede recibir el hombre porque con él recibe la gracia santificante, que es la misma vida de Dios comunicada al hombre y eso es un bien absoluto. Con él le es extirpado el pecado original que es el mal supremo del hombre; con él queda incorporado al pueblo cristiano, es decir a los redimidos. Ahora bien, bautismo1para lo bienes no es preciso la previa libre elección del beneficio. Así no se cuenta con él para traerlo al mundo, ni se cuanta con él para amamantarlo o ponerle un inyección contra la difteria. Esto lo enseñó la Iglesia primitiva, la del Concilio de Trento y la del Vaticano II como luego veremos.

2º El bautismo debe administrarse a poco de nacer

La Iglesia lo ha enseñado siempre así y lo sigue enseñando. Son famosas en la antigüedad las voces de los valdenses, cátaros y albigenses (herejes de los siglos XI y XII) poniendo en circulación la tesis de que si el bautismo es un sacramento de fe ha de presuponer la fe y, en consecuencia, un catecumenado previo. Fueron condenados en el Concilio Ecuménico II de Letrán reafirmando el Concilio la práctica del bautismo de los recién nacidos. El filósofo Erasmo, en el siglo XVI, volvió a las andadas pidiendo que los bautizados sin uso de razón fueran bautizados al alcanzar ésta. Fue condenado por el Concilio de Trento. En 1918, el Código de Derecho Canónico, vigente hoy, en su canon 770, declara obligatorio para los padres católicos el pronto bautismo de sus hijos empleando la expresión «cuanto antes». En el año 1958, la, Sagrada Congregación del Santo Oficio, con fecha 18 de febrero, hizo pública la siguiente declaración: «SE HA EXTENDIDO POR DIVERSAS REGIONES LA COSTUMBRE DE RETRASAR LA ADMINISTRACIÓN DEL BAUTISMO POR RAZONES FICTICIAS… CIERTAS OPINIONES DE TEÓLOGOS DESPROVISTAS DE FUNDAMENTO… PARECEN FAVORECER ESA DEMORA. POR ELLO ESTA SUPREMA CONGREGACIÓN, CON LA APROBACIÓN DEL SUMO PONTÍFICE, RECUERDA QUE ES NECESARIO BAUTIZAR A LOS NIÑOS LO ANTES POSIBLE Y EXHORTA A LOS PARROCOS QUE INSISTAN EN EL CUMPLIMIENTO DE ESTE DEBER».

Con motivo del Año de la Fe, Pablo VI redacta el famoso Credo del Pueblo de Dios. Sus terminantes palabras son éstas: «CREEMOS EN UN SÓLO BAUTISMO, INSTITUIDO POR NUESTRO SEÑOR JESUCRISTO PARA EL PERDÓN DE LOS PECADOS. EL BAUTISMO SE DEBE ADMINISTRAR TAMBIÉN A LOS NIÑOS QUE TODAVÍA NO SON CULPABLES DE PECADOS PERSONALES, PARA QUE, NACIENDO PRIVADOS DE LA GRACIA SOBRENATURAL, RENAZCAN DEL AGUA Y DEL ESPÍRITU SANTO A LA VIDA DIVINA EN CRISTO JESÚS». Ciertamente, el Papa no pronuncia la expresión «recién nacido», pero lo importante de la tesis católica y antítesis herética es que sea consciente de sus actos o no lo sea, conozca la fe que quiere profesar o no la conozca todavía. Y ahí el Papa es rotundo en su afirmación: «A los niños que todavía no son culpables de pecados personales», es decir, que son desconocedores del bien y del mal, que carecen de responsabilidad, que no son dueños de sus actos.

El año 1970, la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe (antes el Santo Oficio), con fecha 19 de junio, en respuesta a un prelado de tierras de misión, el obispo de Dapango, en Togo, declara que si los paganos quieren que sus hijos sean bautizados en la Iglesia Católica no se les pongan obstáculos, recabando las suficientes garantías de que permitirán la educación católica de esos hijos porque son bautizados «en la fe de la Iglesia». (Son palabras textuales).

Finalmente, el nuevo rito de bautismo de 1970, tiene una amplia introducción teológica sobre el sacramento y el número 44, párrafo c). Dice textualmente: «EL BAUTISMO DEBE CELEBRARSE DENTRO DE LAS SEMANAS SIGUIENTES AL NACIMIENTO DEL NIÑO». La ley es siempre la misma.

3º La Iglesia aconseja que la madre pueda estar presente

Innovación. Hasta ahora, si bien no lo había prohibido, no lo había urgido tampoco como ahora, aconsejando que se incorpore al rito bautismal de su hijo. Si ambos intervinieron juntos en el nacimiento del hijo, ambos también habrán de estar presentes en este nacimiento a la vida de Dios, al derecho al cielo de su hijito, a su incorporación oficial a la Iglesia. ¡Bien por la Iglesia que quiere tanto a las madres cristianas! Todo esto, claro, está supeditado al real peligro de muerte. La vigilancia sin nerviosismos se impone.

4º La Iglesia desea vivamente que los padres tengan la suficiente preparación cristiana para asumir la responsabilidad del bautismo

Esto también lo ha pedido siempre y en el rito bautismal antiguo forzaba al ministro a que recordase una vez más a los padres el sagrado deber de proveer la educación cristiana del hijo recién bautizado. Hoy urge más todavía y aconseja la catequesis previa a los padres y padrinos, prescribe una homilía dentro del rito y hace responsables a los padres de cualquier negligencia culpable.

5º La Iglesia nunca ha dicho que se dilate el bautismo hasta que el hijo quiera decidir por sí mismo

No solamente no lo ha dicho sino que ha condenado tales proposiciones como ya hemos expuesto. Es una barbaridad filosófica porque para los bienes absolutos, como se dijo más arriba, no se ha de contar con la libre elección. Ni para dar la vida, ni para criar, ni para enseñar a leer, ni para curar sus primeras dolencias, ni corregir sus iniciales defectos. Son bienes que favorecen por sí mismos. La gracia santificante es uno de ellos, así como la extirpación del pecado original. Cuando llegue a la edad adulta que apostate si quiere, como también si quiere podrá pegarse un tiro. Los falsos teólogos y falsos apóstoles están deformando a la Iglesia -ellos sabrán por qué- y la están crucificando, según patéticas palabras de Pablo VI, haciendo creer a los ingenuos que la Iglesia tiende al aplazamiento del bautismo hasta la edad de la razón, por lo menos. No hay ni una declaración papal, ni una línea en los documentos conciliares, ni documento oficial alguno del Magisterio que dé pie a este viraje. Es una vil calumnia a la Madre.

6º La Iglesia aconseja ciertos días bautismales al mes

No prescribe nada al respecto, pero sí lo aconseja vivamente más que nada para que los padres se preparen mejor y sobre todo -esta es la razón de los días fijos- para que la comunidad cristiana pueda tener público acceso al acto del bautismo, conociendo los días de administración de este sacramento. Donde hubiera facilidad sería de desear la administración del bautismo en la misa parroquial de mayor concurrencia. Es decir, que el bautismo, como acción privada, tiene menos rango en la estimación de la Iglesia. Hacen bien los párrocos que señalan uno o dos domingos al mes y hacen bien en no atender a caprichos o personalismos; pero obran mal si no admiten razones atendibles y estimables para administrar el sacramento en días y horas extrabautismales. La Iglesia no es abusivamente autoritaria.

“NO ENCONTRARÉIS A NADIE QUE AME DE VERDAD AL SEÑOR COMO DIVINO SALVADOR Y QUE NO AME A MARÍA», ha escrito monseñor Fulton J. Sheen. Y si amas a María, ¿te puedes olvidar, cada mañana y cada noche, de saludarla, con amor, con el hermoso saludo de las TRES AVEMARÍAS?

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