Debe hacerse todavía una observación: la comunidad internacional, que desde 1948 posee una carta de los derechos de la persona humana, ha dejado además de insistir adecuadamente sobre los deberes que se derivan de la misma. En realidad, es el deber el que establece el ámbito dentro del cual los derechos tienen que regularse para no transformarse en el ejercicio de una arbitrariedad. Una mayor conciencia de los deberes humanos universales reportaría un gran beneficio para la causa de la paz, porque le daría la base moral del reconocimiento compartido de un orden de las cosas que no depende de la voluntad de un individuo o de un grupo.
San Juan Pablo II



