Papa León XIII, 1 de noviembre de 1885.
http://w2.vatican.va/content/leo-xiii/es/encyclicals/documents/hf_l-xiii_enc_01111885_immortale-dei.html
Condenación del derecho nuevo
- Estas doctrinas, contrarias a la razón y de tanta trascendencia para el bien público del Estado, no dejaron de ser condenadas por los Romanos Pontífices, nuestros predecesores, que vivían convencidos de las obligaciones que les imponía el cargo apostólico. Así, Gregorio XVI, en la encíclica Mirari vos, del 15 de agosto de 1832, condenó con gran autoridad doctrinal los principios que ya entonces se iban divulgando, esto es, el indiferentismo religioso, la libertad absoluta de cultos y de conciencia, la libertad de imprenta y la legitimidad del derecho de rebelión. Con relación a la separación entre la Iglesia y el Estado, decía así el citado Pontífice: «No podríamos augurar resultados felices para la Iglesia y para el Estado de los deseos de quienes pretenden con empeño que la Iglesia se separe del Estado, rompiendo la concordia mutua del imperio y del sacerdocio. Todos saben muy bien que esta concordia, que siempre ha sido tan beneficiosa para los intereses religiosos y civiles, es muy temida por los fautores de una libertad desvergonzada»[23]. De modo semejante, Pío IX, aprovechando las ocasiones que se le presentaron, condenó muchas de las falsas opiniones que habían empezado a estar en boga, reuniéndolas después en un catálogo, a fin de que supiesen los católicos a qué atenerse, sin peligro de equivocarse, en medio de una avenida tan grande de errores[24]. Sigue leyendo



