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II. DIGNIDAD DE LA PERSONA HUMANA
1 -¿ Qué significa etimológicamente la palabra persona?
Originariamente -proviene del etrusco-, se utilizaba para designar el papel típico de un determinado carácter. En el uso actual hay que distinguir entre individuo y persona. No son términos exactos entre sí. La individualidad significa la diferencia entre uno y otro. La personalidad entraña participar en la historia de la familia, de la sociedad y del mundo. La dignidad de la persona procede de los grandes dones que le ha dado Dios en el orden natural y sobrenatural. Naturalmente, la grandeza de la persona radica en su alma racional, libre, inmortal. Sobrenaturalmente la dignidad se sublima en la filiación divina que nos alcanzó Jesucristo por medio de la Redención. Delante de Dios se tiene tanta más dignidad, cuanta mayor gracia santificante se alcanza. La dignidad de los que no tienen gracia está en el amor que hemos de sentir por ellos para que logren el fin de su existencia, que es la gracia –don gratuito de Dios-, y que nos hace partícipes de su naturaleza y merecedores de la bienaventuranza.
2 -¿Es Igual la dignidad humana para todos?
Nos contesta el Vaticano II: «El hombre logra esta dignidad -humana- cuando, liberado totalmente de la cautividad de las pasiones, tiende a su fin como la libre elección del bien y se procura medios adecuados para ello con eficacia y esfuerzo crecientes» (Gaudium et Spes», 17). O sea, que no se puede confundir personalidad con un antropocentrismo extraviado hacia el orgullo, la ambición, el atropello, la lujuria, el crimen. El hombre no es un absoluto. Por esto, la dignidad humana estriba en el uso de la libertad dentro de la Ley de Dios, y supone un conocimiento de las flaquezas de la condición humana -la ignorancia, la concupiscencia, la debilidad-, totalmente superables por la razón utilizada honradamente y la omnipotencia de la gracia de Dios.
La dignidad humana no supone ni significa la autonomía total del hombre, ni la independencia de Dios. La voluntad de Dios es el norte de la legítima dignidad humana.
3 -¿Cuáles son las consecuencias sociales de la dignidad de la persona humana?
La Iglesia las fija sumariamente así: «El comunismo despoja al hombre de su libertad, principio espiritual de su conducta moral; quita toda dignidad a la persona humana y todo freno moral contra el asalto de los estímulos ciegos» (Pío X, «Divini Redernptoris», 10). La persona es también sujeto de derechos Juan XXIII lo especificó en la «Pacem in Terris», de esta manera:
«En toda convivencia bien organizada y fecunda hay que colocar como fundamento el principio de que todo ser humano es persona, es decir, una naturaleza dotada de inteligencia y de voluntad libre y que por lo tanto de esa misma naturaleza. nacen directamente al mismo tiempo derechos y deberes que, al ser universales e inviolables, son también absolutamente inalienables».
También exige la dignidad de la persona humana que participe en la vida pública. Lo recordaba así Pío XII:
«El hombre en cuanto tal, lejos de ser tenido como objeto y elemento pasivo, debe por el contrario ser considerado como sujeto, fundamento y fin de la vida social» (24-XII-1944).
4 -Así individuo y persona, ¿no coinciden?
Filosóficamente, ya lo hemos indicado. El individuo es un producto del protestantismo, de la doctrina de Rousseau. El subjetivismo protestante y la negación del hombre como ser social, que hizo elucubrar el sofisma del «pacto social», de Rousseau, para explicar el porqué de la sociedad, han originado el individualismo en todos los terrenos. Esta es la raíz del liberalismo. El individuo es independiente para pensar, hacer, asociarse, propagar cuanto quiera. Entonces se han producido los sistemas que oponen el individuo a la sociedad -desde el liberalismo, el capitalismo liberal, hasta el anarquismo-. Y por reacción, igualmente errónea, hemos basculado hacia los sistemas estatales que ahogan y esclavizan al individuo, como el nazismo, el comunismo y los totalitarismos anticristianos. Y es que el hombre es persona. Y «la razón más alta de la dignidad humana consiste en la vocación del hombre a la unión con Dios» (<<Gaudiumet Spes», 19). Cuando así se considera el hombre, ni el Estado es la suma arbitraria de las voluntades pasionales, ni tampoco puede desconocer los auténticos intereses y derechos de la persona por su condición racional y cristiana. Aquí se deslindan claramente los campos para no confundir la autoridad como despotismo, ni la persona como un robot o un muñeco.
