Monseñor José Guerra Campos
Separata del «Boletín oficial del Obispado de Cuenca»
Núm. 5, mayo 1986
El criterio fijado por la Jerarquía a los sacerdotes que actuaban en organizaciones civiles era que iban «no como miembros de un partido ni como funcionarios del Estado, sino como sacerdotes enviados para predicar la doctrina de la Iglesia y la práctica de la Religión» (6).
Un Consejo Superior de Misiones (1940) protegía con la Cédula Misional a todos los Religiosos que en virtud de obediencia actuaban en el exterior. En 1953, a un Obispo con dificultades para albergar a tantas vocaciones sacerdotales, que excedían de las necesidades diocesanas, Franco le dijo: Sigue leyendo

639 – El día 10 de enero de 1824 el alma fue admitida a hablar familiarmente con su Dios, quien se detuvo por su infinita bondad en hablar con la pobre alma de las circunstancias presentes de nuestra santa religión católica y de la Santa Iglesia.
*Eso que llaman relativismo es un dogmatismo irracional absoluto, salido del infierno. Allí están todos locos de odio.