Oh Señor, Dios todopoderoso, el aniversario de la piadosa muerte de tu Siervo Francisco Franco Bahamonde, Jefe del Estado español , te pedimos con todo fervor que, así como él vivió para procurar todo bien a nuestra Patria y a la Santa Iglesia Católica de la que siempre se consideró su hijo fidelísimo, nosotros, siguiendo su ejemplo, cooperemos cuanto podamos para el progreso en todos los aspectos buenos de España y para la expansión del Reino de Jesucristo, tu Hijo, que vive y reina por los siglos de los siglos. Amén.
D. José Guerra Campos El octavo día Editorial Nacional, Torrelara, Madrid, 1973
Declaraciones a “YA” de 24 de noviembre de 1965, durante la etapa última del Concilio Vaticano II. (3)
Pregunta primera: La religión es algo que liga al hombre en su conciencia. Ahora bien: una corriente de interpretación liberal sostenía que es asunto totalmente personal, y que, si tiene una dimensión social, compete sólo a las comunidades en que los hombres se reúnen libremente con finalidad específicamente religiosa. Se excluye que la sociedad civil u otras, en cuanto tales, tengan deberes religiosos. Más de una vez se nos ha dicho que esa interpretación liberal iba a ser prácticamente sancionada por el Concilio y que la doctrina tradicional acerca de las obligaciones religiosas de la sociedad se aplicaría ahora, exclusivamente, a la sociedad religiosa, por ejemplo, la Iglesia. ¿Es ésa la doctrina de la declaración sobre libertad religiosa?
Respuesta: No. La declaración proclama que la doctrina de la libertad religiosa mantiene «íntegra la doctrina católica tradicional acerca del deber moral de los hombres y de las sociedades hacia la verdadera religión y la única Iglesia de Cristo» (núm. 1). Y añade: «La potestad civil, cuyo fin propio es cuidar del bien común temporal, debe reconocer la vida religiosa de los ciudadanos y favorecerla», aunque sin entrometerse a dirigir o impedir los actos religiosos (núm. 3).
Pregunta segunda: Pero se dice por ahí que todo el deber atribuido a la sociedad civil en materia religiosa se reduce precisamente a tutelar la Libertad y el ejercicio de los derechos personales, sin que deba favorecer especialmente la vida religiosa, y menos según una determinada confesión, por quedar todo esto fuera del ámbito de la ordenación civil. ¿Qué dice el Concilio?
Respuesta: El Concilio afirma, sin duda, que la tutela de los derechos y libertades legítimas de las personas es deber esencial de la potestad civil (número 6). Dicha tutela, entendida como ausencia de coacción externa, vale para todos, incluso los que obran contra la voz de su propia conciencia, incluso para los ateos. «El derecho a esa inmunidad de coacción -leemos en la declaración- persevera también en quienes no cumplen la obligación moral de buscar la verdad y de seguirla, y el ejercicio de tal derecho no puede ser impedido, siempre que se guarde el justo orden público» (núm. 3).
«En la cátedra de Moisés se han sentado los escribas y los fariseos: haced y cumplid todo lo que os digan; pero no hagáis lo que ellos hacen, porque ellos dicen, pero no hacen. Lían fardos pesados y se los cargan a la gente en los hombros, pero ellos no están dispuestos a mover un dedo para empujar. Todo lo que hacen es para que los vea la gente: alargan las filacterias y agrandan las orlas del manto; les gustan los primeros puestos en los banquetes y los asientos de honor en las sinagogas; que les hagan reverencias en las plazas y que la gente los llame “rabbí”. Vosotros, en cambio, no os dejéis llamar “rabbí”, porque uno solo es vuestro maestro y todos vosotros sois hermanos. Y no llaméis padre vuestro a nadie en la tierra, porque uno solo es vuestro Padre, el del Cielo. No os dejéis llamar maestros, porque uno solo es vuestro maestro, el Mesías. El primero entre vosotros será vuestro servidor. El que se enaltece será humillado, y el que se humilla será enaltecido».
Padre Cano, m.C.R.
* De los tres siglos posteriores a Jesucristo han llegado hasta nosotros treinta papiros evangélicos. Es un caso único en toda la Historiografía grecorromana.
* El crítico inglés de Literatura Clásica B.H. Streeter ha manifestado que los Evangelios en cuanto a su autenticidad tienen la posición más privilegiada que existe entre todas las obras de la Antigüedad.
* Quien no admita lo que dicen los Evangelios, no puede admitir nada de la Historia Antigua, pues los hechos que narran, los Evangelios constan con mucho más rigor histórico que todos los demás acontecimientos antiguos que la Historia reconoce como auténticos.
* La encargada de guardar e interpretar auténticamente la Sagrada Escritura y la Tradición divina es la Iglesia católica, que a través de los siglos la conserva con fidelidad en su doctrina, en su culto y en su vida.
* “Si estuviésemos separados se atomizarían nuestros esfuerzos; en cambio unidos podemos hacer que nuestra voz en el mundo pueda ser decisiva” (Francisco Franco Bahamonde).
* “Soy feliz, sumamente feliz. Estar en compañía de mi Jesús que me ama aquí y ahora y siempre” (Madre María Félix).
* “Hermanos, vuestra vocación es la libertad” (Gálatas).